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En el 2012
Nuevos valores a pagar
Cuotas moderadoras, copagos y beneficiarios adicionales

TARIFAS CUOTAS MODERADORAS Y COPAGOS 2012

Tipo

Servicio

Rango salarial 1
Hasta $1.133.400

Rango salarial 2
De $1.133.401 a $2.833.500

Rango salarial 3
De $2.833.501 en adelante

imagen Cuotas moderadoras:

Aplica para cotizantes y beneficiarios.

imagen Consulta médica general, odontológica y paramédica y de medicina alternativa aceptada.
imagen Consulta con médico especialista.
imagen Exámenes de laboratorio.
imagen Ayudas diagnósticas y terapias.
imagen Fórmula de medicamentos.

$2.200

$8.700

$23.000

imagen Copagos:

Aplica sólo para beneficiarios.

imagen Tratamiento odontológico.
imagen Exámenes de laboratorio niveles 2 y 3.
imagen Ayudas diagnósticas y terapias niveles 2 y 3.
imagen Cirugía y procedimientos ambulatorios.
imagen Hospitalización.

11.5%
(Hasta $162.643)

17.3%
(hasta $651.705)

23%
(Hasta $ 1.303.410)

imagen Tope máximo de copagos por año calendario:

57.5% de 1 SMLMV
$325.853

230% de 1 SMLMV
$1.303.410

460% de 1 SMLMV
$2.606.820

Si el usuario está inscrito o se somete a las prescripciones regulares de un programa especial de atención integral para patologías específicas y debe seguir un plan rutinario de actividades de control, no habrá lugar a cobro de cuotas moderadoras ni copagos en dichos servicios. (Art. 6°, Parágrafo 2°, y Art. 7° del Acuerdo 260 de 2004).

En ningún caso podrá exigirse el pago anticipado de la cuota moderadora como condición para la atención en los servicios de urgencias (Art. 6°, Parágrafo 1°, Acuerdo 260 de 2004).

La atención inicial de urgencias está exenta del cobro de copagos (Art. 7°, Acuerdo 260 de 2004). Sin embargo, si el paciente utiliza estos servicios sin ser urgencia deberá pagar el valor total de la atención (Art. 10 Resolución 5261 del 5 de agosto de 1994).

imagen Nuevos valores para beneficiarios adicionales

Comeva EPS se permite informar los nuevos valores de la Unidad de Pago por Capitación (UPC), que deberán cancelar por los beneficiarios adicionales que tengan a cargo en su grupo familiar de enero a diciembre de 2012 son:


Grupo etario
Zona normal*
Zona especial**
Zona diferencial***
Menores de 1 año
152.400 167.500
161.500
De 1 a 4 años
50.20055.000
53.100
De 5 a 14 años
18.70020.400
19.800
De 15 a 18 años (Hombres)50.100
55.000
53.000
De 15 a 18 años (Mujeres)53.20058.400
56.300
De 19 a 44 años (Hombres)87.80096.400
93.000
De 19 a 44 años (Mujeres)109.200120.000
115.700
De 45 a 49 años99.100108.800
104.900
De 50 a 54 años
125.900138.300
133.300
De 55 a 59 años153.500168.700
162.600
De 60 a 64 años
107.300117.900
113.700
De 65 a 69 años133.100146.200
140.900
De 70 a 74 años
159.300
175.100
168.800
De 75 años y mayores
199.700
219.500
211.600


*     Zona normal: Todos los municipios del país a excepción de los registrados como ZONA ESPECIAL o ZONA DIFERENCIAL.
**   Zona especial: Comprende los departamentos de Amazonas, Arauca, Casanare, Caquetá, Chocó, Guajira, Guainía, Guaviare, Meta, Putumayo, San Andrés y Providencia, Sucre, Vaupés, Vichada y la región de Urabá . Se exceptúan las ciudades de Arauca, Florencia, Riohacha, Sincelejo, Villavicencio, Yopal y sus respectivas áreas de influencia.
*** Zona diferencial: Comprende las ciudades de Bogotá, Cali, Medellín y Barranquilla, y a los municipios de Soacha, Bello, Itaguí, Envigado, Sabaneta y Soledad.


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